Os recordamos que el plazo acaba el 19 de Diciembre de 2020, si estáis pensando en realizar cualquiera de estas acciones, ahora es el momento

Se ha publicado la Orden 177/2020, de 2 de noviembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la recuperación y fortalecimiento del comercio minorista de Castilla-La Mancha ante la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. [2020/9442]

El sector comercial, en especial el pequeño y mediano comercio, constituye un sector clave en la economía de nuestra región por su contribución a la cohesión social, al empleo, a la distribución de la riqueza y al bienestar y calidad de vida de los ciudadanos. Precisamente por ello, se deben promover actuaciones que reactiven el comercio minorista de nuestra región que permitan fortalecer su competitividad, mediante estrategias diferenciadas y adaptadas a las necesidades concretas de cada sector

Ante la covid-19, el Gobierno regional y los agentes sociales suscribieron un Plan de Medidas Extraordinarias para la Recuperación Económica de Castilla-La Mancha con diferentes líneas de acción para cada uno de los ámbitos de competencia. En particular, la línea 8 contiene una serie de acciones para la activación del sector comercial, contemplando la medida 8.1 un plan de modernización, mejora, promoción y digitalización del comercio minorista, que incluye las ayudas que se pretenden regular con la presente orden. Se incluye entre las actuaciones subvencionables, la elaboración de planes de transformación digital

DISPOSICIONES GENERALES

Objeto y finalidad.

Ayudas destinadas a la recuperación y fortalecimiento del comercio minorista de Castilla-La Mancha ante la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, con la finalidad de promocionar, reactivar y potenciar la actividad comercial minorista de nuestra región, consolidar el tejido empresarial existente, estimular el empleo en el sector e incrementar su competitividad y rentabilidad.

Líneas de ayuda

Línea para la recuperación y fortalecimiento del comercio minorista: Esta línea tiene por objeto la incorporación de nuevas tecnologías al comercio minorista, destinadas a la mejora de la gestión empresarial, así como el fomento de la presencia en internet a través del comercio electrónico; y apoyar al comerciante en la mejora de su imagen comercial, de manera que les produzcan un valor añadido y mejoren su competitividad.

Línea para la promoción del comercio minorista. Esta línea tiene por objeto incentivar a las asociaciones de comerciantes y federaciones de las mismas para coordinar las diversas actividades conjuntas de los establecimientos comerciales minoristas, con la finalidad de que éstos reactiven o afiancen su actividad comercial y ofrezcan a los ciudadanos una oferta comercial continuada, plural, especializada y competitiva.

Beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de las ayudas reguladas en esta orden:

a) En la Línea para la recuperación y fortalecimiento del comercio minorista: las personas físicas o jurídicas, incluidas las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o de entidad carente de personalidad jurídica, que desarrollen una actividad comercial minorista incluida en alguno de los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas recogidos en el anexo.

b) En la Línea para la promoción del comercio minorista: las asociaciones de comerciantes y federaciones de las mismas cuyos asociados sean personas físicas o jurídicas, incluidas las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o de entidad carente de personalidad jurídica, que desarrollen una actividad comercial minorista incluida en alguno de los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas recogidos en el anexo.

 

Requisitos de las actuaciones subvencionables.

Los requisitos que deben reunir las actuaciones subvencionables son los siguientes:

a) Que se realicen dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

b) Que no se hayan iniciado con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud. Se considerarán iniciadas las actuaciones cuando exista cualquier compromiso en firme de adquisición de bienes o prestación de servicios que afecte al proyecto, o cuando se emitan facturas o se realicen pagos.

c) Que el importe total de gasto de las actuaciones, IVA excluido, no sea inferior a 1.000 euros ni superior a 10.000

Gastos y actuaciones subvencionables.

Sección 1ª. Línea para la recuperación y fortalecimiento del comercio minorista.

Gastos y actuaciones subvencionables.

Podrán ser objeto de subvención los gastos generados por la realización de las siguientes actuaciones:

  • Desarrollo e implantación de una página web corporativa y/o de comercio electrónico (ecommerce).
  • Elaboración de un plan de transformación digital.
  • Elaboración y ejecución de un plan de promoción online: posicionamiento de la página web, campañas de marketing online, participación en ferias virtuales o mercados digitales.
  • Gestión de perfiles en redes sociales realizada por un Community Manager.

Sección 2ª. Línea para la promoción del comercio minorista.

Gastos y actuaciones subvencionables.

Podrán ser objeto de subvención los gastos generados por la realización de las siguientes actuaciones:

Acciones de animación comercial, publicidad, promoción de ventas y escaparatismo.

  • Desarrollo e implantación de una página web corporativa y/o de comercio electrónico (ecommerce), relacionada con el funcionamiento de la asociación o federación.
  • Creación de un Marketplace para la participación de sus asociados.
  • Elaboración de un plan de transformación digital para el sector o sectores comerciales de los que forman parte los
  • Elaboración y ejecución de un plan de promoción online relacionado con el funcionamiento de la asociación o federación: posicionamiento de la página web, campañas de marketing online, participación en ferias virtuales o mercados digitales.
  • Gestión de perfiles en redes sociales realizada por un Community Manager. Los perfiles deberán estar relaciona-dos con el funcionamiento de la asociación o federación

Plazo

Las solicitudes se presentarán en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la correspondiente convocatoria y de su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, y se dirigirán a la persona titular de la Dirección General competente en materia de comercio.

Da el paso

Si estás interesado en solicitar esta ayuda contáctanos, podemos ayudarte con la tramitación y durante el proceso. Desde arte_facto podemos desarrollar proyectos relacionados con el desarrollo e implantación de una página web corporativa y/o de comercio electrónico, elaboración de un plan de transformación digital, plan de promoción etc.

Por supuesto, te ayudamos a realizar la solicitud garantizando retorno efectivo en las ayudas y en las iniciativas implementadas.

Llevamos más de 15 años acompañando a las empresas de CLM desde el diseño.

 

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